frase alusiva al articulo 23 constitucion politica de colombia
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Toda persona tiene derecho a presentar peticiones
respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a
obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante
organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.
anasofiahincapieduqu:
muchas gracias
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