Contabilidad, pregunta formulada por raulgarju04, hace 27 días

farmacia del ahorro su regimen jurídico
y su sector económico ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por AiudaPorfavor12
1

Respuesta:

ARTICULO 10.- El Ayuntamiento será la única Autoridad que expedirá licencias o permisos para el

funcionamiento de farmacias, boticas y similares en el Municipio de Uruapan.

ARTICULO 11.- Para otorgar la Licencia Municipal, el solicitante deberá cumplir con los siguientes

requisitos:

I.- Solicitud por escrito en la que señalará nombre, domicilio y demás generales;

II.- Descripción y croquis, debidamente verificado por la Dirección de Obras Públicas Municipales,  

del local en donde funcionará la farmacia o botica, estableciéndose como áreas mínimas para

farmacias de 32 metros cuadrados y para boticas 22 metros cuadrados.

III.- Y los demás que disponga este Reglamento.

La vigencia de la Licencia Municipal así expedida se considerará provisional hasta en tanto el

interesado justifique haber obtenido la autorización correspondiente de la Secretaría de Salud en el

Estado para su funcionamiento teniendo para ello un plazo de 45 días naturales, bajo el apercibimiento  

de proceder a la cancelación de la Licencia Municipal en caso contrario.

La industria de los genéricos crece a doble dígito por año, y la empresa espera ver en el mediano plazo mayores incrementos.

La compañía cuenta con mil 500 médicos certificados, a través de los cuales ofrecerán dicho servicio en todas sus sucursales. Cada mes atienden a aproximadamente 850 mil personas y tienen activos más de 15 millones de monederos del ahorro.

Otras preguntas