Geografía, pregunta formulada por JuanDeDiosArevalo, hace 7 meses

Factores políticos, económicos y sociales de la Venezuela agraria y petrolera

Respuestas a la pregunta

Contestado por nandorengifo07
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Respuesta:

Explicación:

En la llamada cultura occidental, durante el siglo XIX comienza a generalizarse la organización política denominada democracia representativa basada sobre torneos electorales entre los ciudadanos o Sociedad Civil para elegir a los integrantes del Estado encargados de regir el orden social, en sustitución del príncipe o monarca autoritario y totalitario (absolutista) que imperaba sobre vasallos, desde la formación de los Estados Nacionales (Siglo XIII).

Dentro de ese régimen, para considerar la interacción entre aspectos económicos, políticos (15) a partir de la segunda mitad del siglo XX, el pensamiento anglosajón enfatizará el uso de dos conceptos: El de politics referido a la visión estratégica que tomará especificidad en la literatura de la Economía Política como social choice, evocando en el ámbito político a los electores; y el concepto referido a las acciones tácticas del Estado o policy que en la literatura de la Política Económica tomará especificidad como public choice; lo cual nos permitirá evocar a las decisiones políticas del Estado, referidos a un contexto de técnica o cálculo económico, que en términos generales se centra en las políticas fiscal y monetaria por su incidencia sobre el comportamiento de los precios, y, que en el caso de Venezuela incluye de modo particular a la política petrolera por su influencia sobre aquellas (16).

Manteniéndose dentro del concepto de la democracia representativa, Manin (1996) identifica cuatro principios que le servirían de fundamento para soslayar, mediante consideraciones institucionales, las limitaciones teóricas encontradas por Arrow (1951) y Baumol (1965) en la búsqueda del social choice, como relación estratégica que vincula al Estado con la Sociedad Civil.

Estos principios son: a) Los gobernantes se designan por elecciones en intervalos regulares de tiempo; b) Los gobernantes conservan una cierta independencia en sus decisiones frente a la voluntad de los electores; c) Los gobernados pueden expresar sus opiniones y voluntad política sin que sean controlados por los gobernantes; y d) Las decisiones gubernamentales se someten a la prueba de la discusión pública.

Comentando estos principios, Hollard (2004) señala que pueden considerarse como dispositivos institucionales que permitirían rendir cuenta del funcionamiento práctico de la democracia. Al respecto de nuestro trabajo puntualizamos que el primer principio se relaciona directamente en nuestra opinión, al social choice o politics y que interpretaremos como los pactos sociales de gobernabilidad. Al principio segundo corresponde, de forma equivalente, el public choice o policy y ello tendrá que ver con las incidencias de las decisiones en materia de petróleo, de los cambios en la moneda y de su reflejo en el ámbito fiscal. El tercer y cuarto principios responden en nuestra opinión, al enlace ínter temporal (juego político) para el cumplimiento del primero.

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