Ciencias Sociales, pregunta formulada por gilvaleria908, hace 3 meses

explique con sus propias palabras cómo está organizado el sistema electoral en Colombia

Respuestas a la pregunta

Contestado por xRICHARDd
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Respuesta:

DIVISIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA

Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, (Art.1 Constitución Política de Colombia). La división política administrativa de Colombia, divide al país para fines administrativos en departamentos, distritos, municipios y territorios indígenas. Los municipios de Colombia corresponden al segundo nivel de división administrativa en Colombia, que mediante agrupación conforman los departamentos. Son aproximadamente 1120 municipios, incluyendo los 10 Distritos que se cuentan como Municipios.

Constitución Política de la República de Colombia de 1991 (incluye reformas del 2005) y Ley 136 de 1994 sobre el Sistema Municipal.

PARLAMENTO NACIONAL

El Congreso es bicameral. La Cámara de representantes esta formada con 166 miembros directamente elegidos, quienes son nombrados por 4 años. El Senado de la república está formado con 102 miembros directamente elegidos, quienes son nombrados por 4 años.

GOBIERNO MUNICIPAL

En cada municipio o distrito habrá un alcalde quien ejercerá la autoridad política, será jefe de la administración local o representante legal de la entidad territorial, (Art. 84. Naturaleza del cargo).

En cada municipio habrá una corporación administrativa, y que se denominará concejo municipal, integrada por no menos de siete (7) ni más de veintiún (21) miembros.

DURACIÓN DE MANDATOS

Sus integrantes serán elegidos popularmente para el periodo de cuatro años. Congreso(Cámara de Representantes y senado): 4 años.

SISTEMA DE REPRESENTACIÓN

Mayoría simple. Sistema electoral mayoritario y uninominal. Congreso. Cámara de representantes: Proporcional: lista; con asientos restantes asignados sobre la base de los mayores restos. Las vacantes que surjan entre las elecciones generales son ocupados por los candidatos siguientes del mismo partido que seguían. El voto no es obligatorio. Senado: Proporcional: Lista cerrada, representación proporcional, con asientos restantes asignados sobre la base de los mayores restos. Las vacantes que surjan entre las elecciones generales son ocupados por los candidatos siguientes en la lista . El voto no es obligatorio.

TIPO DE LISTAS

Lista abierta para alcaldes y concejales. Sistema electoral mayoritario y uninominal. Cámara de representanes: Listas cerradas con representación proporcional en 33 distritos que corresponden a los departamentos del país y la capital del país. Senado: 100 senadores son elegidos en listas cerradas de representación proporcional en una única circunscripción nacional. 2 senadores adicionales son elegidos por las comunidades indígenas en un solo distrito nacional.

CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL

Congreso:  

Cámara de Representantes: 33 circunscripciones plurinominales correspondientes a los departamentos del país y la capital del país. Cada departamento tiene al menos 2 Representantes. Hay un representante adicional por cada 250 mil habitantes o por cada fracción de más de 125.000 habitantes que el departamento tiene por encima de la primera (250000).

Senado: circunscripción nacional (100 asientos)  y  circunscripción nacional especial por comunidades indigenas (2 plazas).

LEY DE CUOTAS Y PARIDAD

Ley 1.475 de 2011 establece la obligación de que en las listas de candidaturas para elecciones a cuerpos colegiados se incluyeran al menos un 30% de mujeres. (Artículo 28 : "Las listas donde se elijan 5 o más curules para corporaciones de elección popular o las que se sometan a consulta -exceptuando su resultado- deberán conformarse por mínimo un 30% de uno de los géneros"). Previa fue Ley Estatutaria 581 de 2000 o Ley de cuotas ( art 4) que establecia un 30% e los cargos de máximo nivel decisorio y otros niveles en la estructura de la administración pública, deben ser ocupados por las mujeres, garantizándoles la adecuada y efectiva participación en todos los niveles de las ramas y demás órganos del poder público.

INSTRUMENTOS JURÍDICOS QUE NORMAN EL MUNICIPIO

Constitución Política de la República de Colombia de 1991 (incluye reformas del 2005) y Ley 136 de 1994 sobre el Sistema Municipal. Código Electoral Colombiano por Decreto 2241 de 1986.

JUSTICIA ELECTORAL

La organización electoral colombiana tiene dos instancias. Una, el Consejo Nacional Electoral, es la máxima autoridad de la Organización Electoral, tiene como misión regular y vigilar el cumplimiento de las disposiciones de la Constitución y la ley en materia electoral y de participación democrática; para la preservación del Estado Social de Derecho, garantizando a los ciudadanos las condiciones, para el ejercicio de los derechos electorales y el fortalecimiento democrático participativo del país; mediante la aplicación y expedición de mecanismos reglamentarios que lo permitan . La segunda entidad de la organización electoral es la Registraduría Nacional del Estado Civil, responsable de la organización y procesamiento de escrutinios y resultados electorales.

espero que te sirva

Contestado por cristalrodriguez71
2

Respuesta:

el sistema electoral esta conformado por el jurado nacional de elecciones. la oficina nacional de procesos electorales,y el registro nacional de identificacion y estado civil, actuan con autonomia y mantienen entre si relaciones de coordinacion de acuerdo con sus atribuciones

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