Explicar por qué se afirma que nuestra constitución tiene un sistema rígido para la reforma constitucional.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
por que así podemos mantener un sistema resguardado que no podrá ser cambiado y así conservar nuestro constitución.
corona plis
Explicación:
se habla de rigidez de la constitución cuando las disposiciones de la misma no pueden ser integradas, modificadas o derogadas, salvo por diversos procedimientos muy complejos (o, como se suele decir, agravados) respecto a aquellos previstos por la ley (interés en sentido formal, como actos del parlamento). La constitución que posee tal característica es llamada rígida, en contraposición a la constitución flexible, cuyas disposiciones pueden ser, en cambio, integradas, modificadas o derogadas por los mismos procedimientos previstos por la ley.
La rigidez de la constitución implica que para integrarla o modificarla es necesario un adecuado acto normativo, la ley constitucional, aprobada con procedimientos agravantes respecto a la otra ley (las leyes ordinarias). La constitución y las leyes constitucionales están colocadas en un grado superior a la ley ordinaria en la jerarquía de las fuentes del derecho, con el resultado de que, cuando las leyes ordinarias contienen disposiciones contrarias a la constitución o las leyes constitucionales, el mismo sería nulo en conformidad con el principio expresado por Brocard de lex superior derogat inferior. A fin de dar efecto a la rigidez de la constitución, debe haber un control de legitimidad constitucional de la ley ordinaria (y otros actos que tienen la misma fuerza) aplicado diversas modalidades en varios ordenamientos.