Geografía, pregunta formulada por maviigodoy, hace 1 año

explicar las tradiciones del derecho sobre la propiedad del petróleo.

Respuestas a la pregunta

Contestado por alexda2007
2

Respuesta:

legislaciones mineras clasificaban los sistemas jurídicos de propiedad de

las minas en tres: el sistema de la accesión, el de la dominialidad y el de la res

nullius.

En el sistema llamado de la accesión, la propiedad del suelo comprende

indivisamente la propiedad de la superficie y la del subsuelo. El subsuelo se

considera como accesorio del suelo, de acuerdo con el apotegma jurídico de

origen romano, según el cual: lo accesorio sigue a lo principal (accesorium

sequitur principale). En este sistema, el propietario de una cosa hace suyo no

sólo lo que ella produce, sino también lo que se le une o incorpora por obra de

la naturaleza.

En el sistema llamado de la dominialidad3

, el Estado dispone de las minas

de la misma manera que de un bien dominial privado ordinario.

En el sistema llamado de la res nullius4

, ni el propietario privado del suelo ni

el Estado ejercen originariamente un derecho privativo sobre las minas. El

Estado crea ese derecho a través de sus decisiones soberanas y de acuerdo

con normas establecidas legalmente, que comprenden dos modalidades

principales:

1° La modalidad llamada de la ocupación, en la cual el derecho individual

se constituye, con el acuerdo del Estado, a través del hecho de la ocupación

de la mina,

Explicación:

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