Explicar en qué consistió la división de las ramas del poder público, en la reforma constitucional de 1886:
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Respuesta:
el artículo 52 de la Constitución de 1886, reformado en 1945, establece: “Son ramas del Poder Público la Legislativa, la Ejecutiva y la Jurisdiccional. El Congreso, el gobierno y los Jueces tienen funciones separadas, pero colaboran armónicamente en la realización de los fines del Estado”.
alissonalvarezhidalg:
gracias
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