Explicar el Artículo 15, 18, 19 de la nacion Argentina. Porfavor
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
articulo 15:En la Nación Argentina no hay esclavos
articulo 18:Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa
articulo 19:Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados.
Explicación:
15:Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados.
18:Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos.
19:Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.