explicar brevemente sobre los contenidos de la independencia nacional
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
ay esta
Explicación:
El 20 de julio es el día que simboliza la independencia de Colombia de la colonización española, por lo que esta fecha es la celebración patriótica más importante del país. Aunque se piensa que este fue el inicio de la campaña independentista, la verdad es que es parte de un proceso que empezó a finales del siglo XVIII y finalizó con la disolución de la Gran Colombia en 1830.
En 1808, con la usurpación del trono del rey Fernando VII por parte del imperio napoleónico y el vacío de poder que esto generó en las colonias latinoamericanas, empezó a aflorar en los criollos un sentimiento de autogobierno que se radicalizó cuando las Cortes de Cadiz no reconocieron esa autonomía. Más adelante, con la revolución de 1909 -que concluyó con la declaración de Quito como provincia autónoma-, se fomentó un sentimiento independentista en las otras colonias que se materializó con el llamamiento a cabildos abiertos, la conformación de juntas de gobierno y la proclamación de la autonomía de las provincias. La primera ciudad que declaró su autonomía en este proceso fue Cartagena, el 22 de mayo de 1810; a lo que siguió Cali el 3 de julio y El Socorro el 10 de Julio, para terminar con el famoso 20 de julio. (Universidad Nacional, 2010).
A partir de 1830, cuando la Gran Colombia fue disuelta, y las fronteras físicas de lo que hoy es el mapa político del norte de Suramérica se empezó a consolidar, casi como lo conocemos hoy en día, Colombia inició su labor de creación de íconos nacionalistas, entre estos la designación del 20 de Julio como día de la independencia nacional.
Enlaces de interés
Consejo de Estado suspende temporalmente el 'Te Deum' del 20 de julio:
El Consejo de Estado suspendió de manera provisional la realización del Tedeum, una conmemoración religiosa que se realiza cada año en ocasión de las actividades del 20 de julio.
La medida cautelar la tomó la Sección Primera, con ponencia de la magistrada María Elizabeth García, quien tiene a su cargo el estudio de una demanda en contra del artículo cuatro del Decreto 770 de 1982 que expide el reglamento de protocolo y ceremonial de la Presidencia de la República. Este decreto fija el orden del día de la celebración del 20 de julio estableciendo, en primer lugar, el Te Deum en la Catedral Primada de Bogotá, el desfile militar, un almuerzo ofrecido por el Presidente a los Altos Mandos Militares y la instalación del Congreso, entre otros.
La norma fue demandada por el abogado Miguel Ángel Garcés Villamil quien considera que la realización del Te Deum viola los artículos 1, 13 y 19 de la Constitución Política, los cuales señalan que Colombia es un Estado social de derecho pluralista y en el cual se garantiza la libertad de cultos.
Como el Te Deum es una celebración católica "que tiene como finalidad dar gracias a Dios por beneficios concedidos a los fieles", el Estado estaría negando los principios de estado laico y pluralismo religioso al acoger una celebración de una religión en particular. La Sección Primera señaló que consagrar la celebración del Tedeum católico como parte de los actos protocolarios que el Presidente efectúa cada año en esta conmemoración, es contrario a la Constitución. En el Estado existe un "deber de neutralidad e igualdad de todas las confesiones ante la ley".
La Sala indicó que no desconoce el valor que para un sector mayoritario de la sociedad representan las celebraciones de la Iglesia Católica, pero esto no implica que se deba considerar ajustado a la Constitución la inclusión del Te Deum en el protocolo presidencial. La suspensión provisional se mantendrá mientras se define de fondo la demanda.