Derecho , pregunta formulada por jarygisell62007, hace 7 meses

explicacion del articulo 50 de la constitucion politica de colombia​

Respuestas a la pregunta

Contestado por lauriaambar
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Respuesta:

Artículo Nº 50 de la Constitución Nacional

Los diputados durarán en su representación por cuatro años, y son reelegibles; pero la Sala se renovará por mitad cada bienio; a cuyo efecto los nombrados para la primera Legislatura, luego que se reúnan, sortearán los que deberán salir en el primer período.

Explicación:

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