Derecho , pregunta formulada por lolsas123123, hace 5 meses

Explicacion del articulo 47 de la constitucion politica argentina

Respuestas a la pregunta

Contestado por melissacabrera27
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Respuesta:

Artículo 47. El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran.

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