explicación del artículo 14 de la Constitución politica de Colombia
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Artículo 14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
el artículo mencionado tiene como objetivo marcar una base fundamental ya que éste se refiere a situaciones que no dependen del poder económico, sino que por el contrario son inherentes a la persona humana y permiten el desarrollo de las aptitudes y energías tanto físicas como espirituales que van directamente ligadas con los derechos humanos.
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