explicación del artículo 14 de la Constitución política colombiana
AYUDAAAAAAAA plis es para hoy
doy coronita
RESPONDANMEEEEEEEEEEEE!!
por favooooooooooooooooooooooooooor!!
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El artículo 14 de la Constitución Política de Colombia consagra que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica, surgiendo para el Estado la obligación de brindar los medios y mecanismos necesarios para que el ciudadano pueda ejercer libremente tal personería, sin obstáculos injustificados.
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El artículo 14 de la Constitución Política de Colombia consagra que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica, surgiendo para el Estado la obligación de brindar los medios y mecanismos necesarios para que el ciudadano pueda ejercer libremente tal personería, sin obstáculos injustificados.
ESPERO QUE TE SIRVA DE ME CORONA
mfcm011209:
gracias por el corazon
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