Ciencias Sociales, pregunta formulada por amparo2308jd, hace 5 meses

explicación del artículo 116 dela constitución​

Respuestas a la pregunta

Contestado por estefanidelgadonasuk
2

Respuesta:

Explicación:

Artículo 116.

También lo hace la justicia penal militar. ... Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley".

Otras preguntas