Historia, pregunta formulada por staykfl, hace 4 meses

explicación del articulo 101 de la constitución nacional Argentina

Respuestas a la pregunta

Contestado por howijeon
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Respuesta:

Artículo 101 El jefe de gabinete de ministros debe concurrir al Congreso al menos una vez por mes, alternativamente a cada una de sus Cámaras, para informar de la marcha del gobierno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 71.

Explicación:

espero q sirva


staykfl: gracias por la ayuda<3
howijeon: de nada(=
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