Explicación del artículo 10° código de trabajo de Guatemala
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Respuesta:
Cuando para la contratación de un trabajador se le haga cambiar de domicilio, deberá dejarse testimonio del lugar de su procedencia. Si por la naturaleza de los servicios se precisare el desplazamiento del trabajador, se entenderá por lugar de trabajo toda la zona geográfica que comprenda la actividad de la empresa.
Explicación:
¡¡ nosé si te sirva !!
thonycarpio56:
Gracias me puedes ayudar con dos más
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