explicacion de la ley n° 20744
PORFAVORR LO NECESITO!!!!
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Ley de Contratos de Trabajo nº 20.744
Identificar algunos conceptos en torno al trabajo.
Conocer marcos legales que regulan el trabajo.
Identificar diferentes aspectos de la Ley 20.744,
Ley de Contratos de Trabajo.
La Ley de Contratos de Trabajo nº 20.744: Es la norma legal que regula las
relaciones laborales de los trabajadores que se encuentran bajo relación de
dependencia, excluyendo a los empleados de la Administración Pública.
Vamos a comenzar esta clase hablando acerca de lo que entendemos por trabajo.
El trabajo es una actividad esencialmente humana; es por medio del trabajo que
los seres humanos nos relacionamos para dominar la naturaleza, garantizar la
supervivencia, satisfacer nuestras necesidades y generar riqueza. Pero el
trabajo no debe considerarse sólo desde la dimensión de actividades para
conseguir fines materiales, sino que es también una forma de realización
personal, ya que por medio del trabajo los hombres y las mujeres desplegamos
nuestras potencialidades, construimos nuestro futuro y nos relacionamos con el
medio y con las otras personas de la sociedad. De allí que el trabajo se vincula a la
dignidad de la persona.
Pero el trabajo no es igual en hombres y mujeres.
La división sexual del trabajo a nivel mundial se estableció históricamente que a
las mujeres les estaba destinado el hogar y el cuidado de la familia y a los varones
el trabajo fuera del hogar. Podemos decir que el trabajo está distribuido de
manera desigual. Las desigualdades basadas en el género atentan contra el
mandato establecido en el Art. 75 de la Constitución Nacional y contra los
derechos humanos fundamentales. No obstante, muchas mujeres conquistaron
espacios en el mundo laboral y debieron ser reconocidas como trabajadoras en
igualdad de condiciones que los varones.
Como los cambios en los modos de estructurar los distintos espacios laborales
generan resistencias y vulneran derechos, la legislación laboral en los niveles
nacional e internacional debió modificarse a medida que el mundo laboral se
transformó. Debió incorporar medidas de protección y antidiscriminatorias
tendientes a garantizar la equidad de género en el trabajo.
Así, en el marco de la Comisión Tripartita para la Igualdad de Oportunidades
(CTIO) se sostiene que una de las condiciones para ejercer y hacer respetar los
derechos en el ámbito laboral es que las trabajadoras y los trabajadores los
conozcan.
CONTRATO DE TRABAJO (LCT) N° 20.744 que es la que nos ocupa hoy.
Desde 1974 la Ley de Contrato de Trabajo regula las relaciones individuales del
trabajo en el sector privado, estableciendo un piso básico de derechos. Es
complementada por los estatutos profesionales que se aplican en algunas
actividades, por los Convenios Colectivos de Trabajo y por las Leyes de
Seguridad Social y de Accidentes de Trabajo. Las disposiciones de la L.C.T. no se
aplican a las trabajadoras y trabajadores dependientes de la administración pública
nacional, provincial o municipal, excepto que por acto expreso se los incluya en la
misma o en el régimen de las convenciones colectivas de trabajo; ni a las
trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico; ni a las trabajadoras y
trabajadores agrarios.
Estos grupos excluidos de la L.C.T. cuentan con una regulación específica.
Reparemos entonces en los siguientes conceptos:
Concepto de trabajo: Se circunscribe a toda actividad lícita prestada a otro —
persona física o jurídica (empleador individual o empresa) — a cambio de una
remuneración durante un período determinado. Sus cláusulas, en cuanto a la
forma y condiciones de la prestación, quedan sometidas a las disposiciones de
orden público, los estatutos o las convenciones colectivas.
Relación de trabajo: Habrá relación de trabajo cuando una persona realice actos,
ejecute obras o preste servicio en favor de otra, bajo la dependencia de ésta en
forma voluntaria y mediante el pago de una remuneración, cualquiera sea el acto
que le dé origen.
Empresa – Empresario: Se entiende como "empresa" la organización
instrumental de medios personales, materiales e inmateriales, ordenados bajo
una dirección para el logro de fines económicos o benéficos. A los mismos fines,
se llama "empresario" a quien dirige la empresa por sí, o por medio de otras
personas, y con el cual se relacionan jerárquicamente los trabajadores, cualquiera
sea la participación que las leyes asignen a éstos en la gestión y dirección de la
"empresa".
Establecimiento: Se entiende por "establecimiento" la unidad técnica o de
ejecución destinada al logro de los fines de la empresa, a través de una o más
explotaciones.
Explicación: