Explica qué significan estas expresiones de la Constitución Política de Colombia b. Se garantiza el derecho a la rectificacion.
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Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Explicación:
El presente análisis se basa en los pronunciamientos y las incorporaciones que ha
hecho la Corte Constitucional por vía de jurisprudencia al bloque de constitucionalidad, en cuanto a convenios y tratados ratificados por Colombia referentes al
derecho a la libertad de expresión y relacionados. Se pretende revisar el concepto
de bloque de constitucionalidad y las normas que lo componen, con especial énfasis en las que se tratan del derecho a la libertad de expresión y su conexión con
la integridad física y psicológica.
El bloque de constitucionalidad está definido como un conjunto de principios
y normas de derecho que, sin estar formalmente estipuladas en el articulado del
texto constitucional, gozan del mismo reconocimiento en cuanto a la obligatoriedad de su cumplimiento en derecho interno de un Estado. Está conformado por
todos los convenios y tratados ratificados por el Estado colombiano, producidos
en las cumbres y reuniones en las cuales los delegatarios de dos o más países
acuerdan puntos de apoyo que les permitirán dirimir conflictos. Respecto al derecho a la libertad de expresión contenido en el Artículo 20 de la Constitución
Política, encontramos instrumentos de derecho internacional que respaldan su
estatus de derecho fundamental.
La trascendencia del tema se debe a que este derecho es uno de los más relevantes en un sistema democrático como el nuestro, a pesar de que también es
objeto de múltiples violaciones por parte de los particulares y del mismo Estado.