Historia, pregunta formulada por nahundangelo2008, hace 1 mes

Explica que estipula la ley y como lo justifica. en el siglo XVIII
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Respuestas a la pregunta

Contestado por yeimiibanez
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Respuesta:

El rótulo del Reto y la Respuesta con que el historiador británico Arnold Toynbee sintetizó su teoría sobre el origen y evolución de las civilizaciones ofrece una interesante perspectiva para aproximarse al Constitucionalismo como fenómeno histórico-político, surgido y desarrollado de manera prácticamente simultánea en los Estados Unidos de Norteamérica y en Francia pero que adquirió cauces e improntas diversas en ambos lados del Atlántico. Se trata de dos revoluciones que al enfrentar contextos diferentes terminaron por erigir instituciones que fueron la cuna de tradiciones jurídicas bastante disímiles.

Esa misma diferencia puede medirse en la distancia existente entre las inspiraciones ideológicas predominantes en aquellas revoluciones: más democrática la francesa, más liberal la americana, aunque las dos fueron alimentadas por el iusnaturalismo racionalista (Ruiz, 2009).

Consecuencia de lo anterior es que ambos procesos nos ofrecen dos modelos -o si se quiere, conceptos- diversos de Constitución, que si bien no son irreconciliables (el neoconstitucionalismo es prueba de su potencial fusión), ponen de relieve dos finalidades políticas susceptibles de ser asignadas a las cartas fundamentales. Cuestión de relevancia no menor en contextos de reflexión en torno a cambios constitucionales -como el denominado "Proceso Constituyente" que actualmente se desarrolla en Chile-, pues la opción por uno u otro esquema, incluso la combinación de sus componentes, genera importantes consecuencias.

Una alternativa consistió en instalar a la Constitución como Regla de Juego, esto es, una norma lógicamente superior a toda otra emanada de los poderes constituidos y a la que debe subordinarse la actividad de estos, pero que confiere un importante margen de acción a los órganos de Estado a efectos de que adopten los cursos de acción que estimen pertinentes, siempre y cuando no excedan sus competencias. La otra, en diseñarla como Estrategia de Juego, es decir, como elemento verte-brador de la organización política, fundante pero no jurídicamente superior y en la cual su virtualidad no depende de una jerarquía normativa sino de la superioridad de los objetivos axiológicos predefinidos y a los cuales deben subordinarse y orientarse los poderes estatales. El primer modelo corresponde al concepto originario de la Constitución de los Estado Unidos de Norteamérica, mientras que el segundo se plasmó en las constituciones francesas prenapoleónicas.

Explicación:


yeimiibanez: resumelo un poco menos
nahundangelo2008: gracias chica
yeimiibanez: de nada
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