-explica, ¿por que nos resulta contradictorio hablar de "humanizar los conflictos"?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
la relación entre los derechos humanos y el derecho punitivo,
centrándose en el aspecto de las penas bajo dos objetivos principales: en primer
lugar, y como plan de trabajo, buscamos llamar la atención sobre la reproducción
en occidente1 de una práctica legislativa en materia penal que consiste en crear y
legitimar penas que son radicalmente indiferentes frente a los “valores positivos”
del sistema de derecho criminal, así como frente a la persona condenada. En
segundo lugar, bajo este marco, queremos referirnos a la reproducción de una
paradoja persistente entre la promoción de los derechos fundamentales y la
reproducción de prácticas legislativas (penales) incompatibles con estos derechos.
El estudio de caso que presentaremos ilustra la relación paradójica entre la
legislación penal relativa al derecho internacional humanitario y sus penas. Para
visualizar esta paradoja compararemos dos prácticas legislativas: aquella del
derecho internacional humanitario y aquella relativa al derecho penal ordinario, las
dos incorporadas en el código penal colombiano. Veremos cómo el derecho
internacional humanitario consagra penas menos «humanitarias» que aquellas del
derecho penal ordinario – que no se presenta como «humanitario». Con esto, el
objetivo del presente trabajo no es estudiar la práctica legislativa en virtud de las
prácticas judiciales que esta genera analizando cómo el sistema penal utiliza las
leyes dadas por el sistema político, sino que se centra en estudiar cómo el sistema
penal, tanto en Europa como en el continente americano, persiste en dar vigencia a
legislaciones que crean penas radicalmente indiferentes a los valores que
representa y a la vida social de la persona declarada penalmente responsable. Por
el contrario, observamos que el sistema de derecho y la comunicación de la
doctrina jurídica persisten en utilizar y legitimar estas penas, bien sea en nombre
de la protección de la sociedad, en nombre de la “justicia”, o incluso como forma de
protección de los derechos fundamentales de la sociedad o de principios
humanitarios. En este sentido, trazaremos algunas reflexiones sobre cómo
reconstituir el derecho penal para adecuarlo a los valores propios de los derechos
humanos, procurando preservar una aptitud crítica de los mismos frente a las práctica represivas.