Derecho , pregunta formulada por justinamamanimamani0, hace 11 meses

explica la accesion natural y artificial​

Respuestas a la pregunta

Contestado por TammyKim
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Respuesta:

La accesión puede ser de dos tipos, natural que es cuando se da como resultado de un hecho de la naturaleza y artificial que es la consecuencia de actos realizados por el hombre. y estas son:

A) Accesión natural:

Esta puede ser de cuatro tipos a saber:

Aluvión, que es “el acrecentamiento natural que sufren los predios colindantes a las riveras de los ríos, por el depósito paulatino de materiales que la corriente va formando en esas riveras” (Rojina Villegas).

En este caso, el propietario del predio que se ve beneficiado con el aluvión adquiere la propiedad de las tierras y superficies formadas por este.

Avulsión, que “se presenta cuando la corriente logra desprender una fracción reconocible de terreno y la lleva a un predio inferior o la rivera opuesta. O cuando arranca árboles o cosas” (Ibid).

En este caso, el propietario del terreno que se beneficia con la Avulsión se convierte en propietario de los bienes que se integran en su terreno.

Mutación de cauce: Debe distinguirse el tipo de cauce. Si el cauce es propiedad de la nación, el dominio sobre el mismo quedará a favor de la nación y por el contrario si el cauce es propiedad particular, pertenecerá al dueño del mismo predio que ve restringida su posesión como resultado del cambio de corriente o por una inundación.

Nacimiento de una isla: se da de tres formas diferentes, por aluvión, por avulsión y por abrirse la corriente de un río en dos brazos o ramales.

Para determinar la propiedad sobre la misma se atiende primero al tipo de bien, ya que si es propiedad sobre la misma se atiende primero al tipo de bien ya que si es propiedad de la nación, la isla continuará siendo propiedad de la nación; pero, si la isla se forma en aguas particulares, si se formó por aluvión, serán propietarios de la misma, los que los son los predios colindantes; si se formó por avulsión, será el propietario de la isla, aquél que sufrió la pérdida del terreno; y cuando la corriente del río se abre formando dos brazos o ramales formando una isla, esta pertenecerá al dueño del predio inundado.

B) Accesión artificial:

Esta se presenta tanto en bienes inmuebles como bienes muebles presentando tres formas en inmuebles y cuatro en muebles y son las siguientes:

Accesión artificial en bienes inmuebles: Consiste en una extensión de la propiedad inmobiliaria con la intervención del ser humano, y puede presentarse como la edificación, la plantación y la siembra sobre o en un bien determinado. Los tres supuestos señalados implican tres clases de accesión artificial sobre bienes inmuebles

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