Ciencias Sociales, pregunta formulada por mmantilla0812, hace 2 meses

explica el título 6 de la constitución Colombiana​

Respuestas a la pregunta

Contestado por Usuario anónimo
2

Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos se encuentran por la misma razón por la inacción o el exceso en el desempeño de sus funciones.

Contestado por brenomendez24
1

Respuesta:

  • Artículo 132. Los senadores y los representantes serán elegidos para un periodo de
  • cuatro años, que se inicia el 20 de julio siguiente a la elección.
  • Artículo 133. Los miembros de cuerpos colegiados de elección directa representan al
  • pueblo, y deberán actuar consultando la justicia y el bien común.
  • El elegido es responsable políticamente ante la sociedad y frente a sus electores del
  • cumplimiento de las obligaciones propias de su investidura.
  • Artículo 134. Las vacancias por faltas absolutas de los congresistas serán suplidas por
  • los candidatos no elegidos, según el orden de inscripción en la lista correspondiente.
  • Artículo 135. Son facultades de cada Cámara:
  • Citar y requerir a los Ministros para que concurran a las sesiones. Las citaciones deberán hacerse con una anticipación no menor de cinco días y formularse en cuestionario escrito. En caso de que los Ministros no concurran, sin excusa aceptada por la respectiva Cámara, ésta podrá proponer moción de censura. Los Ministros deberán ser oídos en la sesión para la cual fueron citados, sin perjuicio de que el debate continúe en sesiones posteriores por decisión de la respectiva Cámara.
  • El debate no podrá extenderse a asuntos ajenos al cuestionario y deberá encabezar el orden del día de la sesión Proponer moción de censura respecto de los ministros por asuntos relacionados con funciones propias del cargo. La moción de censura, si hubiere lugar a ella, deberá proponerla por lo menos la décima parte de los miembros que componen la respectiva cámara. La votación se hará entre el tercero y el décimo día siguientes a la terminacióndel debate, en Congreso pleno, con audiencia de los ministros respectivos.
  • Suaprobación requerirá la mayoría absoluta de los integrantes de cada cámara. Una vez aprobada, el ministro quedará separado de su cargo. Si fuere rechazada, no podrá presentarse otra sobre la misma materia a menos que la motiven hechos nuevos.

Explicación:

Otras preguntas