explica el articulo 140 de la constitución nacional DE PARAGUAY
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ARTÍCULO 140 – DE LOS IDIOMAS
Son idiomas oficiales el castellano y el guaraní. La ley establecerá las modalidades de utilización de uno y otro. Las lenguas indígenas, así como las de otras minorías, forman parte del patrimonio cultural de la Nación.
Explicación:
espero haberte ayudaod.
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