Contabilidad, pregunta formulada por Jeremias312, hace 16 horas

EXPLICA CON TUS PALABRAS EL SIGUIENTE ARTICULO DEL CODIGO DE COMERCIO:

Art. 342.- Al inscribirse en el Registro de Comercio la escritura de liquidación de una sociedad, se
cancelarán las inscripciones de las escrituras de constitución y modificación de la misma y de sus estatutos
si los hubiere.

SI NO PUEDES NO CONTESTES POR FAVOR

Respuestas a la pregunta

Contestado por lmoreno18
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Respuesta:

si se cancrlaran temporalmente

Explicación:

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