EXPLICA CON TUS PALABRAS EL SIGUIENTE ARTICULO DEL CODIGO DE COMERCIO:
Art. 342.- Al inscribirse en el Registro de Comercio la escritura de liquidación de una sociedad, se
cancelarán las inscripciones de las escrituras de constitución y modificación de la misma y de sus estatutos
si los hubiere.
SI NO PUEDES NO CONTESTES POR FAVOR
Respuestas a la pregunta
Contestado por
0
Respuesta:
si se cancrlaran temporalmente
Explicación:
Otras preguntas
Historia,
hace 14 horas