existen las sociedades semiestatales ? ejemplos?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
es un tipo societario existente en Argentina para regular el funcionamiento de empresas públicas, aunque bien pueden emplearse otros. Fue creado mediante la ley 20705 de 19741 a instancias de José Ber Gelbard, ministro de Economía del tercer gobierno de Juan Domingo Perón, como una forma de dotar de mayor autonomía, transparencia y agilidad a las empresas públicas. Las sociedades del Estado tienen la estructura general de una Sociedad Anónima según la tipología de la ley 19550 de Sociedades Comerciales y funcionan mayormente en el marco del derecho privado, aunque tienen diferentes obligaciones y responsabilidades que otros tipos societarios por lo que "siempre resta algún margen de aplicación del derecho público".2 En ese sentido, se trata de un tipo jurídico que se ubica a medio camino entre una Sociedad Anónima y la anterior figura de Empresa del Estado.3
Explicación:
Respuesta:
(S.E.) es un tipo societario existente en Argentina para regular el funcionamiento de empresas públicas, aunque bien pueden emplearse otros. Fue creado mediante la ley 20705 de 1974[1] a instancias de José Ber Gelbard, ministro de Economía del tercer gobierno de Juan Domingo Perón, como una forma de dotar de mayor autonomía, transparencia y agilidad a las empresas públicas. Las sociedades del Estado tienen la estructura general de una Sociedad Anónima según la tipología de la ley 19550 de Sociedades Comerciales y funcionan mayormente en el marco del derecho privado, aunque tienen diferentes obligaciones y responsabilidades que otros tipos societarios por lo que "siempre resta algún margen de aplicación del derecho público".[2] En ese sentido, se trata de un tipo jurídico que se ubica a medio camino entre una Sociedad Anónima y la anterior figura de Empresa del Estado.[3]
Ejemplo
Las sociedades del Estado no pueden declararse en quiebra y en caso de dar pérdidas tienen que ser subvencionadas por el Estado Nacional, que en última instancia puede declararlas en disolución. Además, el capital de una Sociedad del Estado tiene que estar completamente en manos de instituciones o de otras empresas estatales, no pudiendo participar en ella ningún representante del sector privado. El Estado ejerce su control sobre ellas en forma interna, a través de su representación en los órganos de gobierno de la sociedad, en contraposición al control administrativo externo sobre el tipo Empresa del Estado.[2] Son auditadas por la Auditoría General de la Nación y la Sindicatura General de la Nación, órganos controladores