¿Existen comportamientos que no se atienen a la ley y que, sin embargo, no son condenados socialmente?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
ARTÍCULO 1º.- Nadie podrá ser sancionado por un hecho que la ley
penal no tipifique como punible ni sometido a penas o medidas de
seguridad que aquélla no haya establecido previamente.
Prohibición de analogía.
ARTÍCULO 2º.- No podrá imponerse sanción alguna, mediante aplicación
analógica de la ley penal.
Valor supletorio de este Código.
ARTÍCULO 3º.- Las disposiciones generales de este Código se
aplicarán también a los hechos punibles previstos en leyes especiales,
siempre que éstas no establezcan nada en contrario.
Extraterritorialidad.
ARTÍCULO 5º.- Se aplicará también la ley penal costarricense a los
hechos punibles cometidos en el extranjero, cuando:
1) Atentaren contra la seguridad interior o exterior del Estado, lo
mismo contra su economía; y
2) Sean cometidos contra la administración pública, por funcionarios
al servicio de ella, sean o no costarricenses.
Posibilidad de incoar proceso por hechos punibles cometidos en el
extranjero.