estudio de caso. la administración Nacional de electricidad
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD
RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL
Subestación Pirayu
Ing. Agr. Victor Medina
CTCA N° I-249
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Esta disposición legal, en sus artículos 68° al 79°, establece los derechos y obligaciones que tiene
la ANDE en relación al uso del suelo y del espacio aéreo para la ubicación de sus instalaciones
eléctricas; también determina los derechos y obligaciones de los propietarios de los predios
sirvientes.
La Ley determina que los inmuebles que la ANDE necesite para la expansión y mejoramiento del
servicio de energía eléctrica son de utilidad social y sujetos a expropiación; concede además a la
ANDE los derechos de:
- usar el espacio público sin perjudicar el uso principal, cumpliendo ordenanzas municipales y
normas técnicas nacionales de seguridad;
- establecer servidumbres en propiedades públicas y privadas;
- atravesar propiedades de terceros con líneas de transmisión y distribución de energía eléctrica
e instalaciones accesorias.
- ejercer la servidumbre constituida sin innovación de obras, plantaciones o cercas.
A los efectos de la proyección de obras de la naturaleza mencionada, deberá tenerse presente en
cada caso lo concerniente al impacto ambiental y social que se genere, y en consecuencia la
gestión de las correspondientes licencias ambientales y el diseño de las medidas de mitigación
deberán responder a las exigencias del derecho ambiental paraguayo, cuyos principales
contenidos se exponen a continuación.
La Constitución acional establece claros principios de defensa del ambiente, de la diversidad
ecológica, de los intereses difusos, de la salud pública y de la calidad de vida, como se expresan a
continuación:
Título I
Sección I - Art. 6 – De la Calidad de vida.
Sección II Art. 7 Del Derecho a un Ambiente saludable.
Sección II Art. 8: De la Protección Ambiental.
Art. 38 – Del Derecho a la Defensa de los Intereses Difusos.
Bajo la Constitución Nacional, nuestro país posee un amplio y moderno marco legal ambiental,
siendo lo estrictamente aplicables al proyecto en estudio, los citados en el cuadro más abajo.
Explicación:
Respuesta:
Noooooooooo
Explicación: