Castellano, pregunta formulada por cardenas4448, hace 1 año

estatuto orgánico del instituto federal de telecomunicaciones

Respuestas a la pregunta

Contestado por laduradelasalsa335
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Respuesta:Que el 11 de junio de 2013 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el “Decreto

por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y

105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones”

(“Decreto”), que creó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (“Instituto”), como un órgano

autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es el desarrollo eficiente de la

radiodifusión y las telecomunicaciones conforme a lo dispuesto en la propia Constitución y en los

términos que fijen las leyes, y como autoridad en materia de competencia económica en dichos

sectores;

Que el 10 de septiembre de 2013 quedó integrado el Instituto, en términos de lo dispuesto por el

artículo sexto transitorio del Decreto, mediante la ratificación por parte del Senado de la República

de los nombramientos de los Comisionados que integran su órgano de gobierno y la designación de

su Presidente;

Que el 23 de septiembre de 2013 se publicó en el DOF el Estatuto Orgánico del Instituto Federal de

Telecomunicaciones;

Que el 11 de julio de 2014 fue publicado en el DOF el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del

Instituto Federal de Telecomunicaciones modifica su Estatuto Orgánico” en cumplimiento a lo

establecido en el artículo cuarto transitorio del “Decreto por el que se expide la Ley Federal de

Competencia Económica y se reforman y adicionan diversos artículos del Código Penal Federal”,

publicado en el DOF el 23 de mayo de 2014;

Que el 14 de julio de 2014 fue publicado en el DOF el “Decreto por el que se expiden la Ley Federal

de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado

Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de

telecomunicaciones y radiodifusión” que otorga diversas atribuciones al Instituto;

Que el artículo cuarto transitorio del Decreto mencionado en el párrafo anterior dispone que,

dentro de los sesenta días naturales siguientes a su entrada en vigor, el Instituto deberá adecuar su

estatuto orgánico a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y

Que resulta indispensable que el Instituto adecue su estatuto orgánico a efecto de establecer las

unidades administrativas dotadas de competencia que le permitan ejercer sus facultades

constitucionales y legales, y ejecutar los procedimientos a su cargo.

Explicación:Con fundamento en los artículos 28, párrafo vigésimo, fracción III, de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, así como 17, fracción II, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y

Radiodifusión,Conócenos En esta sección encontrarás información general que seguramente te resultará útil acerca del Instituto Federal de Telecomunicaciones

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