Contabilidad, pregunta formulada por arreagacamilo9, hace 4 meses

Estado de Situación Financiera del año anterior, refleja una utilidad antes de Participación de Utilidades e impuesto a la Renta de $ 197.188. Partiendo de este monto, se efectuarán los ajustes tributarios pertinentes a fin de determinar la Renta Neta Imponible. a) Ha realizado pagos a cuenta del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio 2020 conforme a lo indicado en el Artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta, por un importe total de $ 35.911. Cabe indicar que la empresa ha compensado contra sus pagos a cuenta mensuales del Impuesto a la Renta el Impuesto Temporal a los Activos Netos, efectivamente pagado por un importe total de $ 17.607. b) Al 31 de diciembre de 2020​

Respuestas a la pregunta

Contestado por jhsjshshsjjddjjdjwk
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Respuesta:

Partiendo de este monto, se efectuarán los ajustes tributarios pertinentes a fin de determinar la Renta Neta Imponible.

Contestado por Usuario anónimo
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Respuesta:

Declaración al 02-04-2017

 

Impuesto a pagar                         146160,00

Impuesto pagado por Anticipado  186000,00

Impuesto Pagado a Favor              39840,00

 

Declaración al 20-05-2017

 

Impuesto a pagar                         274177,12

Impuesto pagado por Anticipado  186000,00

Impuesto a Pagar                           88177,12

 

La Declaración jurada Rectificatoria, se hace por la inexactitud en el monto de los ingresos declarados, según la nueva normativa, si esta declaración se hace antes de empezar el proceso de fiscalización y el saldo es a favor del fisco, el contribuyente solo debe pagar la diferencia resultante de la nueva Declaración jurada Rectificatoria, es decir, 88177,12

 

En caso si ya empezó el proceso de Fiscalización la determinación de la Declaración jurada Rectificatoria la hará la Administración Tributaria, considerando los pagos ya realizados como abonos a cuenta

Explicación:

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