establece una situación en que la fuente de información deba quedar en anonimato y otra en la que deba debelarse
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Luego de analizar las situaciones respectivas encontramos que una fuente debe permanecer de manera anónima si así su fuente lo desea o si su vida estaría expuesta al peligro y debe darse la fuente si es una denuncia colectiva o no está de manera directa o indirecta expuesta su vida
Una fuente debe permanecer de manera anónima si la fuente así lo desea, o en el caso que la denuncia que hace atente contra su vida y la de sus familiares.
Por otro lado si la denuncia es colectiva, de una comunidad y no está en peligro sus vidas debe darse la fuente, o que la denuncia sea una denuncia pública y notoria.
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