Ciencias Sociales, pregunta formulada por tomasjuanjose18, hace 8 meses

Escribo la idea principal de cada uno de los 10 principios fundamentales de la Constitución Política de Colombia

Respuestas a la pregunta

Contestado por Blueexx1658
1

Respuesta:

onstitución Política de Colombia

La Constitución Política de Colombia establece que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano y que se garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Texto completo de la constitución

Destacados

Derecho a gozar de un ambiente sano (artículo 79)

Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines.

Derecho a la información (artículo 20)

INFORMACIÓN

Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.

Informe del Estado del Medio Ambiente (artículo 268.7)

INFORMACIÓN

El Contralor General de la República tendrá las siguientes atribuciones: Presentar al Congreso de la República un informe anual sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente.

Derecho a participar (artículos 2, 40.2, 103 y 270)

PARTICIPACIÓN

Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; entre otros.

Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática.

Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará. El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.

La ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados.

Participación en asuntos ambientales (artículo 79)

PARTICIPACIÓN

Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

Participación en planes, programas y políticas (artículos 342)

PARTICIPACIÓN

Derecho a recurrir (artículos 40.6 y 88)

PARTICIPACIÓN

 

JUSTICIA

Ciudades (artículo 319)

PARTICIPACIÓN

Pueblos indígenas (artículo 330.5)

INFORMACIÓN

 

PARTICIPACIÓN

Otras preguntas