Informática, pregunta formulada por Bruno007f, hace 10 meses

Escribo el contenido del Art.191 de la Constitución Nacional.


gustierrezmariabelen: hola
gustierrezmariabelen: hola

Respuestas a la pregunta

Contestado por MARIA0714
481

Respuesta:

Artículo 191. Para ser Presidente de la República se requiere ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años.

Explicación:

espero que te ayude

chao


axeladriangonzalezga: pasa me su numero para poder ayudarme
Usuario anónimo: te pado la fo to de mi pe ne
Usuario anónimo: si queres
LuzMrivas: Que atrevido
gustierrezmariabelen: hola
thiago99990: esta mal
thiago99990: ESTA MALLLLLLLLLLLLLLLLL
thiago99990: ESTA MALLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLLL
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