Derecho , pregunta formulada por leilaguiglioni10, hace 3 meses

escribir una reflexión de la ley de contrato de trabajo​

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Contestado por vanessa1234566
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Respuesta:

Es notorio el ataque regresivo que sufrieron los institutos del derecho del trabajo en los últimos años. La legislación social, en líneas generales, ha operado a partir de prácticas restauradoras del poder apropiativo del empleador. El legislador, lo hizo en el accionar propio de una esquizofrenia. Contradiciendo las leyes a las constituciones sociales y operando en contra de las mismas.

Para ello se eligió a la empresa como nuevo protagonista y objeto de protección. Una protección que se operativizó transfiriéndole poderes y derechos de los trabajadores. Vaciando de sentido el mandato constitucional que ordena legislar para asegurar esos derechos. Y de esta forma, avanzar progresivamente al rescate de un estado de desposesión. Situación ésta, que los estados de derecho social unánimemente reconocieron como causa y fundamento de las cláusulas constitucionales que operan mediante el garantismo.

Trataremos de analizar cómo esas tendencias regresivas vienen poniendo en jaque al contrato de trabajo, como tal.

No observaremos a las prácticas flexibilizadoras, en cuanto ellas operaron dentro mismo del contrato de trabajo, restando eficacia y desactivando poderes de protección que alcanzaban a los trabajadores.

Trataremos ahora de abordar, el reemplazo “in totum” del contrato de trabajo. Su total desactivación, en circunstancias en que el tráfico apropiativo del trabajo humano, es retirado de esfera de competencia y dominio. También estudiaremos como otras figuras jurídicas que sirven a la función apropiativa del trabajo humano, deberían ser asimiladas al mismo y se posterga este proceso, en función de mantener un estado de cosas signado por el caos.

En la enseñanza del derecho del trabajo, se suele incurrir en la ligereza de sostener, que el mismo nació de la revolución industrial. En realidad, el resultado de esa revolución fue la libre contratación del trabajo, siendo ello incansablemente reivindicado por el liberalismo.

Esa anacrónica inexactitud tiene consecuencias significativas.

Para la libre contratación, bastó con la locación de servicios, instituto de pobre desarrollo en los códigos napoleónicos.

Con la libre contratación del trabajo, la humanidad trató de superar las formas estatutarias de apropiación y en especial el esclavismo, una institución que si alguna vez había significado un salto humanitario en cuanto al trato del enemigo, ya repugnaba a la conciencia de todos, menos la de aquellos que conservaban una cuota importante de poder ejercitándose en la relación de dominación propia del amo y el esclavo.

Más de un siglo trascurriría antes de que la cuestión social vaciara de poder y desplazara a la locación de servicios y los vestigios finales de las formas estatutarias de la apropiación del trabajo humano

ESPERO QUE TE HAIGA AYUDADO

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