Química, pregunta formulada por johanaarce688, hace 1 mes

escribe un breve párrafo Cuál es la responsabilidad de un equipo de salud​

Respuestas a la pregunta

Contestado por amadamonzerrat
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Respuesta:

Responsabilidad moral: Está enmarcada en lo fundamental en los principios de la Ética Médica. Pudiendo decir de manera resumida, que la mayor responsabilidad moral de todo médico es conocer, cumplir y hacer cumplir los principios de la Ética Médica en relación con el paciente y sus familiares, con el resto del equipo de salud y demás trabajadores, con sus educandos y como parte de la sociedad.

Conocer bien estos principios y llevarlos a la práctica cotidiana, es la mejor profilaxis para no violarlos, pero si por cualquier causa lo hacemos, la Comisión de Ética Médica creada en la institución tiene el deber de investigar los hechos y concluir si existió o no una violación de esos principios, señalando cuál de ellos fue el violado y hasta aquí sus funciones en este aspecto. Si la dirección del centro al leer el informe considera que la violación cometida queda dentro de este marco y no tiene trascendencia en lo laboral, se puede hacer una reunión en el colectivo de trabajo, fundamentalmente científica y moral, con la libertad y profundidad requeridas, que permitan derivar de estas las experiencias que impidan su repetición.

Responsabilidad laboral: En lo laboral el basamento legal que debe conocerse y cumplirse es el Decreto Ley 113 ( Disciplina Laboral en Centros Asistenciales), además de algunos artículos de la Ley 41 de Salud Pública y la Resolución 176 ( Expedición y Control de los Certificados Médicos entre otros). Por razones de espacio veremos solo los artículos más directamente relacionados con la RPM ante el paciente del Decreto Ley 113, que en su artículo 3 dice que se consideran infracciones de la disciplina laboral:

Falsear el resultado de pruebas y exámenes médicos.

Actuar con negligencia o indolencia manifiesta en el cumplimiento de sus contenidos y órdenes de trabajo, con alteración grave de los servicios de salud al producir lesiones graves irreversibles o la muerte de pacientes.

No respetar el decoro, el pudor y la dignidad de los pacientes, o realizar actos graves y ostensibles contrarios a la moral.

Maltratar a pacientes o sus familiares.

Expedir certificados médicos, recetas médicas, dietas y dictámenes periciales no ajustados a la realidad por facilismo, superficialidad o lucro.

Realizar en ocasión del trabajo cualquier acto que pueda ser constitutivo de delito.

El artículo 4 de esta misma resolución establece las medidas disciplinarias que corresponden a estas indisciplinas, al señalar que teniendo en cuenta la naturaleza de la infracción cometida, las circunstancias concurrentes, las condiciones personales del infractor, la gravedad de los hechos y los perjuicios causados, se podrá aplicar una de las medidas disciplinarias siguientes:

La separación definitiva del Sistema Nacional de Salud.

La separación definitiva del centro.

El traslado a otra plaza con pérdida de la que estuviera ocupando.

El traslado temporal a otra plaza de menor remuneración o de condiciones laborales distintas por término de hasta 1 año, con derecho a reintegrarse a la plaza que ocupaba anteriormente.

Suspensión del vínculo laboral por un término de hasta 30 días.

Amonestación privada o pública.

La forma en que se aplican estas medidas disciplinarias viene descrita en los artículos 7, 8 y 9, que en lo fundamental expresan que con la aprobación de la Comisión Representativa (director del centro asistencial, secretario general de la sección sindical, del PCC y la UJC), los primeros podrán disponer la separación provisional de esas personas de sus centros, así como proponer al Ministro de Salud Pública o al Director Provincial, según el caso, la separación definitiva del Sistema Nacional de Salud, de los trabajadores que incurran en las indisciplinas o actos a que se refieren los incisos a, b, ch, d y e del artículo 3. También los directores de los centros asistenciales con la aprobación de la Comisión Representativa pueden aplicar el resto de las medidas contenidas en el artículo 4 sin consultar con las instancias superiores.

Explicación:

ESPERO AVERTE AYUDADO

IGNORA MI FALTA DE ORTOGRAFÍA

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