Historia, pregunta formulada por delacruzruizkevineug, hace 2 meses

ESCRIBE QUE LE ENTENDISTE AL ARTICULO 28 DE LA OIT.

DOY CORONA​

Respuestas a la pregunta

Contestado por CristhianTomala159
2

Respuesta: QUE LE ENTENDISTE AL ARTICULO 28 DE LA OIT

Artículo 28

   1. Siempre que sea viable, deberá enseñarse a los niños de los pueblos interesados a leer y a escribir en su propia lengua indígena o en la lengua que más comúnmente se hable en el grupo a que pertenezcan. Cuando ello no sea viable, las autoridades competentes deberán celebrar consultas con esos pueblos con miras a la adopción de medidas que permitan alcanzar este objetivo.

   2. Deberán tomarse medidas adecuadas para asegurar que esos pueblos tengan la oportunidad de llegar a dominar la lengua nacional o una de las lenguas oficiales del país.

   3. Deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas de los pueblos interesados y promover el desarrollo y la práctica de las mismas.

Explicación: espero te aye ayudado

Otras preguntas