Escribe 3 ejemplos de bienes planetarios
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Fondo oceánico: Acuario del Pacífico
El fondo del océano es objeto de la competencia de los países y las corporaciones internacionales que reclaman sus recursos en minerales raros de la Tierra para la producción de baterías y aleaciones. En 1956, la primera Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar reafirmó que el alta mar y el fondo marino constituían una geografía de no posesión, de libre acceso para todos. En 1967, Arvid Pardo, el embajador maltés ante las Naciones Unidas, sostuvo que la res communis del fondo marino conllevaría la tragedia de los comunes. Para prevenir el régimen del “primero en llegar, primero en ser servido” que habría favorecido a los países más industrializados, el Sur Global, bajo los auspicios de las Naciones Unidas, abogó por el establecimiento de un régimen internacional en el que cualquier extracción de recursos tuviera que beneficiar a la comunidad internacional en su conjunto. El fondo marino que está fuera de las jurisdicciones nacionales, llamado el “Área” en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS), legalmente forma parte del “patrimonio común de la humanidad”, el cual, según la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 2749, no debe estar sujeto a la apropiación nacional. El Área se halla bajo el mandato legal de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA) que se creó en 1982 con la misión de supervisar la exploración, la cartografía y la administración de los recursos en el alta mar. Sin embargo, desde 2001, la ISA ha otorgado doce licencias de exploración para minerales en el fondo marino de la Zona Clarion-Clipperton, una zona del océano Pacífico de aproximadamente el tamaño de Europa que contiene los mayores depósitos de minerales raros de la Tierra. .
Antártida: De petróleo y hielo
Antes del Año Geofísico Internacional, en 1957, y basándose en actos de exploración imperial, cinco naciones (Australia, Francia, Gran Bretaña, Nueva Zelanda y Noruega) habían reclamado porciones de la Antártida, el único continente de la Tierra sin población humana. En 1959, el Sistema del Tratado Antártico “congeló” las reclamaciones nacionales, limitándolas a ciertos sectores del continente austral, y reguló las relaciones internacionales con respecto a la Antártida (fig. 3). El tratado, que entró en vigor en 1961 y del que actualmente son firmantes 50 naciones, preserva la Antártida como una reserva científica, establece la libertad de investigación científica y prohíbe la actividad militar en el continente. Esto incluye regímenes para la administración de los recursos pesqueros en el océano Austral, así como un exhaustivo Protocolo de Protección del Medio Ambiente firmado en Madrid en 1991.
Espacio exterior: Cosmorama
A principios de la década de 1950, la geografía legal de la Tierra seguía siendo la misma desde la Paz de Westfalia de 1648: el territorio de la Tierra ―y el espacio aéreo sobre ella― era la posesión legal de los estados. La Guerra fría dio pie al Tratado del Espacio Exterior (OST) de 1967, que declaraba el espacio exterior, incluida la Luna y otros cuerpos celestes, como “la provincia de la humanidad” y no sujeta “a la apropiación nacional por medio de la pretensión de soberanía, por uso u ocupación, ni por ningún otro medio” (13).
El espacio ha adquirido una importancia renovada con las nacientes iniciativas privadas sobre materias primas espaciales que especulan en la minería de asteroides para obtener materias primas del espacio como el agua, los metales del grupo del platino y otros recursos. En la llamada “nueva era espacial”, actores comerciales como Space-X y Planetary Resources se proponen extraer valiosos recursos de asteroides cercanos a la Tierra y traer “los recursos naturales del espacio a la esfera económica de la Tierra”. Aparte de la abrumadora logística que requiere, el mayor obstáculo para la minería espacial es el Tratado del Espacio Exterior de 1967. Con el deseo de facilitar la expansión de las industrias extractivas privadas en el espacio extraplanetario, la reciente ley aprobada por el Congreso de Estados Unidos en 2015 (SPACE Act o Spurring Private Aerospace Competitiveness and Entrepreneurship Act; es decir, la ley que fomenta la competitividad y el emprendimiento aeroespacial privado) reconocía el derecho de los ciudadanos estadounidenses a explotar comercialmente los recursos del espacio exterior. “El primero en llegar, el primero en ser servido” se aplica de nuevo al espacio ultraterrestre.
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