Ciencias Sociales, pregunta formulada por carlospatriciosolis, hace 3 meses

escribe 2 ventajas economicas que se dieron en 1979​

Respuestas a la pregunta

Contestado por aldrianachipanaroque
4

Respuesta:

Explicación:

El tema de los monopolios, dentro de la doctrina jurídica nacional también tuvo una presencia significativa. Sería el maestro Luis Bramont Arias quien señalara en 1952, la necesidad que se admitieran como delitos económicos diversas figuras como "el procurar alzar o bajar el precio de las mercaderías o valores"; "la coalición dirigida a implantar el monopolio" en donde "el bien jurídico tutelado es la libre concurrencia en la producción y el comercio"; "los actos de monopolio o tendientes a él(...)reprimiéndose a "los que cometieron cualquier otro acto de monopolio tendientes a él, cuando sin importar un progreso técnico ni un progreso económico aumentaren arbitrariamente las ganancias de quien o quienes la ejecutaren, sin proporción con el capital efectivamente empleado""; "otros actos de monopolio o tendientes a él, sancionando "a los que dificultaren o se propusiesen dificultar a otras personas, físicas o jurídicas, la libre concurrencia en la producción y el comercio interno o en el exterior"";. "el suministro de capitales y la participación en convenios, castigando "al que suministrare capitales a efecto de que se cometan los hechos previstos en las disposiciones anteriores(sobre monopolios) con el propósito de cometer los mismos hechos, aún cuando no intervinieren especialmente en éstos""; "los monopolios por sociedades o personas jurídicas, estableciendo que "cuando los hechos previstos en los artículos anteriores, fueren cometidos por sociedades comerciales o personas jurídicas, se declarará la pérdida de la personería

Ficha de Tesis

Tabla de contenido

PDF del capítulo

Introducción

Análisis del Diario de Debates de la Constituyente  1933

Constitución económica de 1979  

Constitución económica de 1993  

Conclusiones

 

jurídica y la anulación de las prerrogativas o concesiones que se le hubieren otorgado, sin perjuicio de la sanción que corresponda a los directores, administradores, gerentes u otros miembros que hayan participado en tales hechos""; todo lo cual llevaba al profesor citado a concluir en que podían admitirse como delitos económicos a los monopolios.35

Es necesario también recordar que antes de finalizar el gobierno de Francisco Morales Bermúdez y siendo Ministro de Economía y Finanzas Javier Silva Ruete, se elaboró el "Anteproyecto de ley regulando la libre concurrencia en el mercado", bajo la asesoría del Dr. Roberto Mac Lean, con el objeto de reglamentar el artículo 16° de la Constitución. Sin embargo, este esfuerzo se quedaría en el camino, al no ser tomado en cuenta finalmente, y que además ni siquiera sería publicado. Así como pasó con lo dispuesto en la Constitución de 1933, también la de 1979 mandaba implementar una ley que tuviera como objetivo el desarrollo de lo establecido constitucionalmente. Sin embargo, lejos de cumplir con esto, los gobiernos que siguieron sólo atinaron a expedir ciertas leyes como por ejemplo, el Decreto Legislativo N° 123, dado en 198136, el cual a pesar de ser denominado "Ley sobre delitos económicos" sólo contemplaba la persecución penal de tres delitos como el acaparamiento, la especulación y el falseamiento de productos, siendo ineficaces para proteger al consumidor y, en general, inidóneos obviamente en la contemplación de las prácticas monopólicas.


mariajesusredondorod: pero que bien explicas
carlospatriciosolis: solo nesesito 2 ventajas me pueded decir
aldrianachipanaroque: xd
aldrianachipanaroque: hay mucha
Otras preguntas