Escriba 5 prohibiciones de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional al momento del sufragio.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
PROHIBICIONES
• No expender bebidas alcohólicas de
ninguna clase desde las 08:00 horas del día
anterior al día de la votación (art. 351.°- LOE,
modificado por la Ley N.° 30147).
• Portar armas desde el día anterior al de
la elección (art. 352.° - LOE), excepto el
personal que dará seguridad en los locales
de votación.
• Impedir, coactar, inducir o perturbar el ejercicio
personal del sufragio (art. 345.° - LOE).
• Efectuar reuniones o manifestaciones
públicas de carácter político desde dos días
antes del día señalado para las elecciones
(art. 190.° - LOE).
• Hacer propaganda política o que los
electores usen banderas, divisas u otros
distintivos que muestren propaganda
electoral desde veinticuatro horas antes del
día señalado para las elecciones (arts. 188.°
y 190.°- LOE).
Explicación: