Historia, pregunta formulada por anacmpuma9915, hace 5 meses

¿Es positiva o negativa la posibilidad de convocar a referendo? ¿Por qué?.

Respuestas a la pregunta

Contestado por reanjacqueline
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Respuesta:

depende porque hay dos tipos de referendun.

Referendo derogatorio: es el sometimiento de un acto legislativo, de una ley, de una ordenanza, de un acuerdo o de una resolución local en alguna de sus partes o en su integridad, a consideración del pueblo para que este decida si lo deroga o no.

Referendo aprobatorio: es el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, de una ley, de una ordenanza, de acuerdo o de una resolución local, de iniciativa popular, que no haya sido adoptado por la organización pública correspondiente, a consideración del pueblo para que este decida si lo aprueba o lo rechaza, total o parcialmente.

Ademas para convocarlo tiene que ser algo muy importante para que el venga

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