¿es posible calcular el valor a pagar sin calcular antes el momento del recargo?
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La tasa de recargos, según se establece en la regla 2.1.23. de la Resolución Miscelánea Fiscal, es de 1.47% mensual. Así, hay que multiplicar 1.47 por la cantidad de meses pasados desde el mes en que debió pagarse.
Explicación paso a paso:
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