es el funcionario de la oficina y/o punto de atención al ciudadano, que tiene la pqr2s asignada en la herramienta tecnológica, quien, en los casos que por el contenido específico de la solicitud debe dar trámite a quien considere ser el competente para resolverla, de acuerdo a los postulados legales establecidos para los derechos de petición.
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El funcionario de la oficina y/o punto de atención al ciudadano, que tiene la pqr2s asignada en la herramienta tecnológica es el Jefe de la Oficina o Punto de Atención al Ciudadano.
La herramienta tecnológica mediante la cual los funcionarios de la policía nacional pueden recepcionar una PQR2S es mediante el Portal de Servicios Interno "PSI" de la Policía Nacional.
Publicación Basada en la RESOLUCIÓN Nº DEL 00068 del 14 enero de 2015, mediante la cual el Director General de la Policía Expide el Manual de atención, servicio al ciudadano y calidad en la atención de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias en la Policía Nacional.
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