En una institución educativa, una directora de grupo le solicita a una estudiante que salga del salón debido a que, en varias ocasiones, ha ingresado a clase con el uniforme incompleto. Frente a la solicitud, la estudiante explica que su familia no ha podido comprar el uniforme y que el incumplimiento del uniforme no está considerado como falta en el Manual de Convivencia. Pese a esto, la directora de grupo le informa que, a menos que cumpla con el uniforme, no podrá volver a tomar sus clases.
Ante esta situación, ¿a cuál miembro del Gobierno Escolar le corresponde ayudar a la estudiante?
OPCIONES DE RESPUESTA
A. Al representante de curso, debido a que el incumplimiento con el uniforme debe tratarse estableciendo el diálogo entre la profesora y la estudiante.
B. Al personero estudiantil, debido a que la decisión de la directora de grupo puede considerarse como vulneración a los derechos de la estudiante.
C. Al coordinador de convivencia, debido a que el ingreso de los estudiantes a las clases debe ser autorizado por este miembro del Gobierno Escolar.
D. A la madre o acudiente, debido a que, al ser miembro directo del Gobierno Escolar, tiene la facultad de velar por el respeto de los derechos de la estudiante.
Respuestas a la pregunta
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Respuesta:
C
Explicación:
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19
Respuesta: B
Explicación: Ya que el personero estudiantil es el que se encarga de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución Política y el Manual de Convivencia.
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