Educ. Fisica, pregunta formulada por nakamotorin68, hace 1 año

¿En qué situación obligatoriamente debe ordenase un penal o lanzamiento 7m? (handball)

Respuestas a la pregunta

Contestado por santiagocuellarjscj
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Respuesta:

Explicación:

14:1. Se ordena lanzamiento de 7 m. en los casos siguientes:  

a) Cuando con una infracción en cualquier parte del terreno de juego, se frustra una clara ocasión de gol, incluso si la comete un oficial.  

b) Cuando el portero introduce en su propia área de portería el balón que se encuentra en el suelo fuera de ella o entra con el balón dentro de su área de portería procedente del campo de juego (5:11-12),  

c) Cuando un defensor entra en su propia área de portería obteniendo una ventaja sobre el jugador atacante en posesión del balón (6:2 c).  

d) Cuando se lanza intencionadamente el balón al propio portero, dentro de su propia área de portería y este toca el balón (6:7 b).  

e) Señal de fin de partido, no justificada, existiendo una clara ocasión de gol.  

f) Evitar una clara ocasión de gol por la intervención de una persona no participante en el juego (excepto 9:1).  

   14:2. Cuando se ordena un lanzamiento de 7 metros, los árbitros deben detener el tiempo de juego (time-out 2:4 y Comentario 1).  

   14:3. El lanzamiento de 7 metros tiene que ser efectuado directamente hacia la portería y dentro de los tres segundos siguientes al toque de silbato del árbitro central (13:1 m).  

   14:4. Cuando se ejecuta un lanzamiento de 7 m. el jugador que lanza no debe tocar ni franquear la línea de 7 m. antes de que el balón haya salido de su mano (13:1 m).  

   14:5. Después de un lanzamiento de 7 m. el balón sólo podrá jugarse de nuevo después de que haya tocado de nuevo al portero o a la portería (13:1 m).  

   14:6. Cuando se ejecuta un lanzamiento de 7 m. únicamente el lanzador puede permanecer entre las líneas de área de portería y de golpe franco.  

   14:7. Si un jugador del equipo atacante toca o rebasa la línea de golpe franco antes de que el balón haya salido de la mano del lanzador, se sanciona con un golpe franco favorable al equipo defensor (13:1 m).  

   14:8. Cuando se ejecuta un lanzamiento de 7 m. los jugadores contrarios deben mantenerse a 3 m. como mínimo de la línea de 7 m. Si un jugador del equipo defensor toca o rebasa la línea de golpe franco o se acerca a menos de 3 m. de la línea de 7 m., antes de que el balón haya salido de su mano, se decide lo siguiente: a) Gol, si el balón entra en la portería. b) Repetición del lanzamiento de 7 m. en todos los demás casos.  

   14:9. Cuando el portero franquea la línea de limitación para el portero, línea de 4 m. (1:6 y 5:14), antes de que el balón salga de la mano del lanzador, el lanzamiento de 7 m. se repetirá si no se ha conseguido gol.  

   14:10. Los árbitros no sancionarán con lanzamiento de 7 m. una falta del equipo defensor en el caso de que haciéndolo, el equipo atacante quedara perjudicado. Si una clara ocasión de gol es evitada por una infracción en el comportamiento con el contrario, una actitud antideportiva o una señal de final de partido incorrecta, o por la intervención de una persona no participante en el juego, intentando evitar que un gol sea conseguido, se sancionará siempre con un lanzamiento de 7 m. como mínimo. Si a pesar de la infracción, el jugador del equipo atacante continua controlando plenamente el balón y su equilibrio corporal, no deberá señalarse lanzamiento de 7m.  

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