Derecho , pregunta formulada por calcinabeatriz423, hace 1 mes

En qué se diferencia la derogación tácita de la derogación expresa? Señale un ejemplo por cada uno
porfa ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por jhossmare
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Respuesta:

La derogación puede ser expresa o tácita, así, será expresa cuando la ley nueva deroga a la antigua porque lo dispone expresamente y será tácita cuando la ley nueva se opone simplemente a la antigua.

Explicación:

La derogación de la norma jurídica se define como la cesación de su vigencia por efecto de lo dispuesto en otra norma posterior. Debe recordarse como el artículo 2.1 del Código Civil contempla como "las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su completa publicación en el Boletín oficial del Estado si en ellas no se dispone otra cosa", precepto que parece referirse a las leyes en sentido amplio entendidas como cualquier disposición, sea cual fuere su rango.

Pues bien, toda norma jurídica puede ser modificada o derogada por nuevas normas, lo cual es consecuencia de la propia esencia del derecho, ya que si este se basa en la voluntad de la entidad soberana, ésta tiene la posibilidad de cambiarla en cualquier momento. Así, lo común es que una norma se promulgue para regir por un tiempo indefinido y por tanto su vigencia se mantenga indefinidamente en el tiempo sin perjuicio de que el precepto legal se aplique más o menos durante el tiempo de su vigencia, lo cual vendrá motivado por la concurrencia de los distintos supuestos para los que surgió. No obstante, algunas normas expresamente consignan el tiempo que durará su vigencia (lex ad tempus) o bien no lo expresan pero el mismo se deduce claramente de su finalidad y objetivos, de carácter concreto e irrepetible.

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