¿En que se diferencia la autonomía privada y la autonomía pública ?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Una de las instituciones que marca el paso del desarrollo del derecho
privado no cabe duda que es la ayer denominada autonomía de la
voluntad y hoy mejor precisada autonomía privada; esto es, aquella
libertad de los particulares, reconocida por los ordenamientos jurídicos,
de regular sus propias relaciones jurídicas de la forma y manera querida
por ellos. El derecho recorta, como bien se ha dicho, la superficie de la
libertad existencial y devuelve, como recompensa, la libertad jurídica de
las personas, organizada y precisada, para proyectar, perseguir sus propios
objetivos, pero dentro de los límites señalados por cada ordenamiento. La
indicada libertad está considerada dentro de los derechos fundamentales de
las personas y encuentra su mejor plasmación en el contrato, posicionando
en esta sede la autonomía contractual.
A pesar de su consideración de pieza maestra de las relaciones jurídicas
privadas, la autonomía privada no tiene un espacio específico y explícito
dentro de las constituciones políticas de los Estados, lo que realmente es
preocupante, ya que se prefiere darle rango constitucional a una de las
expresiones de tal autonomía, como es la libertad contractual.
Palabras claves: Autonomía privada ─ Autonomía contractual ─ Libertad
contractual ─ Contrato.
Explicación: