Historia, pregunta formulada por jackgralish10, hace 9 meses

en que consistio el establecimiento de los bienes del subsuelo?

Respuestas a la pregunta

Contestado por mashielhuamanlopez
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Respuesta:

En el Perú, la propiedad del subsuelo es un derecho distinto a la propiedad del

suelo, tanto en el plano legal como en la práctica son dos derechos

independientes. El propietario de la superficie (el suelo) no es propietario del

subsuelo, es decir de lo que hay bajo sus pies, que eventualmente pudiera ser

una riqueza natural, minerales, petróleo o gas. De allí, que a modo de reflexión

irónica, esa realidad se ha expresado en la pregunta: ¿Cuál es la diferencia

entre una persona que encuentra petróleo en Texas y una persona que

encuentra petróleo en Talara? La respuesta, clara e incontrastable es que en

Texas esa persona es rica, en Talara esa persona es pobre, por cuanto en el

Perú el Estado es dueño del subsuelo y sus riquezas, así estén bajo la casa de

cualquier ciudadano.

El Código Civil en el Perú, consagra esa situación de división irracional de la

propiedad. En su artículo 954º establece que “La propiedad del subsuelo no

comprende los recursos naturales, los yacimientos y restos arqueológicos, ni

otros bienes regidos por leyes especiales”. Esto quiere decir que si eres

propietario, sólo que no de los posibles recursos naturales que se hallen en él.

Esta disposición legal, es conveniente precisarlo, es concordante con lo

dispuesto por la Constitución Política del Perú que aplicando el criterio de

propiedad estatal del subsuelo, establece en su artículo 66º que “Los recursos

naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la nación. El Estado

es soberano en su aprovechamiento”. Ambos instrumentos normativos son

expresión de la doctrina jurídica denominada “Sistema Dominalista del Estado

o de Dominio Inminente del Estado”, en el cual el Estado afirma, a priori, que es

propietario del subsuelo.

c:

Contestado por kiara987672
0

nouuuuuuuuuuuuuuu

Explicación:

ddd

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