En que casos no se traslada al consumidor
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
¿Qué es la información pública de precios?
La información pública de precios es la obligación de suministrar información veraz y suficiente a los consumidores sobre el precio de los bienes y servicios que ofrezcan al público.
¿Qué debe incluir el precio?
El precio debe ser informado al consumidor de manera visual y, salvo excepciones puntuales, deberá encontrarse en pesos colombianos. De igual forma, este deberá contener todos los costos adicionales que se hubieran podido generar como consecuencia de estudios de crédito, seguro, transporte o cualquier otra erogación a cargo del consumidor, las cuales tendrán que haber sido informadas especificando el motivo y el costo de los mismos.
¿Qué se debe tener en cuenta cuando la propaganda comercial indica precios?
Si en la propaganda comercial se indica el precio del bien o servicio que se ofrece, como mínimo se deberá tener en cuenta lo siguiente:
El precio debe corresponder al precio total del producto, incluido los impuestos o cualquier cargo adicional a que hubiere lugar.
Cuando se afirme que el precio del producto o servicio es el más barato, el de menor precio o el más económico o se compare con el precio del mercado de otros establecimientos o empresas, dicha información deberá tener los soportes documentales pertinentes.
Cuando se anuncie que los bienes son vendidos al costo o a precio de fábrica el precio deberá corresponder al valor efectivamente cancelado al fabricante, más los impuestos a que haya lugar.
Cuando en la propaganda comercial se ofrezca la venta de productos o servicios a plazo a través de sistemas de financiación y se incluya información sobre su costo, será necesario indicar la tasa de interés que se aplica.
Se considera que se induce a error al consumidor cuando se compara el nuevo precio con el antiguo y éste último es mayor.
¿En quién recae la obligación de informar el precio de venta de los bienes al público?
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 1480 de 2011, el proveedor es quien está obligado a informar al consumidor el precio de venta de los productos que ofrezca al público.
¿Cómo se debe indicar el precio de venta al público?
La fijación del precio deberá hacerse de manera clara, visible y legible. Los precios así fijados, obligaran a los proveedores o expendedores frente al consumidor.
¿Qué sucede en el evento en que se informen dos precios o el precio tenga tachaduras?
En el evento en el cual se informen dos precios o éste tenga enmendaduras, el consumidor únicamente estará obligado al pago del precio más bajo de los que aparezcan indicados.
Explicación: