Derecho , pregunta formulada por dunescazelaya299, hace 16 días

¿en qué artículo de la convención el estado mexicano se encuentra obligado a implementar políticas públicas legislativas y administrativas para la inclusión de las personas con discapacidad?.

Respuestas a la pregunta

Contestado por andyusloop091
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Respuesta:

mira aquí esta la respuesta⬇️ espero te sirva

Explicación:

CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON

DISCAPACIDAD

Convención publicada en el Diario Oficial de la Federación, el viernes 2 de mayo

de 2008.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-

Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS

UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:

El treinta de marzo de dos mil siete, el Plenipotenciario de los Estados Unidos

Mexicanos, debidamente autorizado para tal efecto, firmó ad referéndum la

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo

Facultativo, adoptados por la Asamblea General de la Organización de las

Naciones Unidas, el trece de diciembre de dos mil seis, cuyos textos en español

constan en la copia certificada adjunta.

La Convención mencionada fue enviada a la consideración de la Cámara de

Senadores del Honorable Congreso de la Unión, con la Declaración Interpretativa

que a continuación se detalla, así como su Protocolo Facultativo, siendo

aprobados por dicha Cámara, el veintisiete de septiembre de dos mil siete, según

decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de octubre

del propio año.

"DECLARACION INTERPRETATIVA A FAVOR DE LAS PERSONAS CON

DISCAPACIDAD

Los Estados Unidos Mexicanos formulan la siguiente declaración interpretativa, al

ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad:

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 1o.,

establece que: '(...) Queda prohibida toda discriminación motivada por origen

étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las

condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o

cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o

menoscabar los derechos y libertades de las personas'.

Al ratificar esta Convención los Estados Unidos Mexicanos refrendan su

compromiso a favor de la promoción y protección de los derechos de los

mexicanos que sufran alguna discapacidad, tanto aquellos que se encuentren en

territorio nacional como en el extranjero.

El Estado Mexicano reitera su firme compromiso de generar condiciones que

permitan a toda persona, a desarrollarse de modo integral, así como ejercer sus

derechos y libertades plenamente y sin discriminación.

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