¿En qué articulo de la constitución establece la participación ciudadana?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Artículo 26-A.
Mediante la participación obligada de los diversos sectores sociales mediante consejos ciudadanos o a través de cualquier otra forma de participación ciudadana reconocida en el marco legal, se recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo.
Respuesta:
La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constitución de laRepública del Ecuador y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, discutió y aprobó el Proyecto deLEY ORGANICA DEL CONSEJO DE PARTICIPACION CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL.En sesión del 25 de agosto del 2009, el Pleno de la Asamblea Nacional conoció y se pronunció sobrela objeción parcial presentada por el señor Presidente Constitucional de la República.Por lo expuesto; y, tal como lo dispone el artículo 138 de la Constitución de la República del Ecuadory el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, acompaño el texto de la LEYORGANICA DEL CONSEJO DE PARTICIPACION CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL, para que sesirva publicarlo en el Registro Oficial.
Explicación: