¿En nuestro Derecho quiénes son considerados "personas"?
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La persona, jurídicamente hablando, es el sujeto de derechos y obligaciones, es decir, todo ser capaz de tener derechos y contraer obligaciones. Para fines legales, el Código Civil distingue entre: (i) personas naturales (personas físicas o seres humanos) y (ii) personas jurídicas (que corresponde a una ficción legal).
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